Pasar al contenido principal

Sentencia De La Corte IDH Exige Reconocimiento De La Radio Comunitaria Indigena 

Por Cesar Gomez (maya poqomam, equipo de CS)

A medida que el tiempo avanza, las comunicaciones evolucionan. Facebook, Instagram, X,  y WhatsApp, son algunas de las plataformas que, segundo a segundo, minuto a minuto, interconectan a miles y millones de personas en todo el mundo, acercando las fronteras de los países. Sin embargo, estas nuevas tecnologías requieren de la compra de datos, condicionando su uso al mercado, y excluyendo a una gran mayoría de la población que no tiene posibilidades de costear este servicio.

“Aquí es donde la radio comunitaria en tiempos de internet sigue cumpliendo un papel fundamental en la comunicación de los pueblos en América Latina", manifiesta Gustavo Gómez, del Observatorio Latinoamericano de Regulación de Medios y Convergencia (OBSERVACOM). Además, Gómez opina que “la radio sigue siendo un instrumento de cercanía, un instrumento que puede permitir hablar de otros temas, y que permite que haya otros protagonistas que hacen de la comunicación propia un ejercicio de sus derechos soberanos a la libertad de expresión”, y nosotros agregamos, al derecho al medio ambiente, al derecho a la naturaleza, al derecho a la salud, y al derecho a la educación. El experto concluye que la radio seguirá siendo una herramienta fundamental, y sus comunicadoras y comunicadores, imprescindibles.

Oscar Pérez, de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias Región Latinoamérica (AMARC-ALC), reafirma que “muchos han matado a la radio desde hace rato, cuando llegó la televisión, seguida por  el internet. Sin embargo, yo creo en la complementariedad. La radio para mí tiene existencia y sigue incidiendo en la vida de las comunidades.”  

Efectivamente, la radio comunitaria Indígena en Guatemala juega un papel muy importante al informar y educar en sus propios idiomas a la audiencia, dándole voz a las comunidades que nunca habían tenido la oportunidad de expresarse a través de un medio de comunicación. “Desde 1996, las comunidades Indígenas de Guatemala han exigido al Estado el reconocimiento legal a través de una normativa que se base en los compromisos asumidos durante la firma de los Acuerdos de Paz”, señala Anselmo Xunic, del Movimiento de Radios Comunitarias de Guatemala.

En el año 2012, ante el incumplimiento de los Acuerdo de Paz, las comunidades denunciaron al Estado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por violar la libertad de expresión de los Pueblos Indígenas, denuncia que fue admitida y trasladada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Corte tomó el caso y convocó a una audiencia a representantes del Estado y de las emisoras comunitarias Indígenas en junio de 2021. Durante los alegatos de las partes, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adujo que el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos protege el derecho a fundar medios de radiodifusión comunitaria, así como el goce y ejercicio del derecho a la libertad de expresión (numeral 64 de la sentencia de las Corte).

“En la audiencia, las víctimas afirmaron que el estado de Guatemala, a través del Ministerio Público, ha perseguido y encarcelado a comunicadores comunitarios sin un sustento legal, callando la voz a los Pueblos Indígenas”, mencionó Xunic. El Estado, por su parte, defendió que sus funcionarios actuaron en base a las leyes del país, y que en ningún momento se limitó el acceso a las frecuencias, al describir que la Ley General de Telecomunicaciones permitía participar en las subastas a todos los ciudadanos. Luego de la audiencia, el alto tribunal internacional emitió una sentencia sobre el caso “Pueblos Indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y otros, versus Guatemala”, encontrando al Estado de Guatemala culpable de violar la libertad de pensamiento y expresión, así como del derecho a participar en la vida cultural y el derecho a la igualdad ante la ley.

Gustavo Gómez señala que la sentencia de la Corte Interamericana es histórica, justa y adecuada a la Convención Americana de Derechos Humanos, y agrega: “No hemos visto en toda América Latina una sentencia de la profundidad y la contundencia que ha tenido este caso en protección de los Derechos a la libertad de expresión de las radios mayas. Si bien es una sentencia sobre un caso puntual, de un país específico, su contenido, sus fundamentos y su alcance forman parte de una jurisprudencia que se puede extender a otros países”.

Este fallo es clave para seguir en la lucha de la democratización de las comunicaciones en América Latina. El dictamen enumera las reparaciones que el Estado debe hacer a favor de las comunidades Indígenas, las cuales son: Primero, regular el espectro radioeléctrico; es decir, que se debe aprobar una ley que reconozca legalmente a las radios comunitarias Indígenas. Segundo, abstenerse de realizar allanamientos y enjuiciamientos a comunicadoras y comunicadores comunitarios. Tercero, eliminar todas las condenas penales. Cuarto,  publicar  el resumen de la sentencia en el diario oficial y en uno de mayor circulación en el país. Quinto, considerar reparaciones específicas para cuatro comunidades identificadas en el caso como víctimas.

El Estado de Guatemala ha dado pasos muy lentos. Hasta el momento, ha cumplido con el 75 por ciento de dos puntos: la publicación de la sentencia y las reparaciones específicas a las cuatro víctimas. Sin embargo, no ha avanzado en la aprobación de una ley de radios comunitarias Indígenas, no ha eliminado las condenas penales en contra de comunicadoras y comunicadores Indígenas que tienen procesos abiertos en los tribunales, ni ha otorgado a las cuatro radios víctimas la concesión de frecuencias para que trabajen libremente sin temor a ser allanadas por el Ministerio Público.

A pesar que hay plazos, estos no han sido cumplidos, denotando la falta de compromiso en cumplir el fallo. Gómez afirma: “El Estado tiene la obligación de cumplir con la sentencia, porque este aceptó las competencias de la Corte Internacional, esta no es una imposición de un organismo externo. Por lo tanto, aceptó que cuando una persona, un pueblo, una comunidad entiende que el sistema judicial o el Estado de su país, viola sus derechos, cuando ha intentado legalmente resolverlo dentro de su país, pero no lo logra y la violación a derechos fundamentales, en este caso a la libertad de expresión, persiste; el Estado de Guatemala libre y soberanamente aceptó que este caso pudiera llegar a la Corte Interamericana, y por tanto aceptó que las decisiones que esta tome deban ser cumplidas”.

En reuniones que se han sostenido en la Comisión Presidencial por la Paz y los Derechos Humanos (COPADEH), funcionarios de la Superintendencia de Telecomunicaciones han manifestado que no se puede cumplir con la sentencia, porque ya no hay frecuencias disponibles en el espectro radioeléctrico. Óscar Pérez, de AMARC, opina que el ente regulador siempre ha respondido a los intereses políticos y sobre todo económicos de la Cámara de Radiodifusión de Guatemala. “No estoy diciendo nada nuevo, todo el mundo lo dice”, explica. Ellos son los que presionan a los funcionarios públicos para que se mantengan los privilegios de los medios comerciales y, agrega Pérez, “eso después a nivel político se traduce en pauta publicitaria, en campañas para favorecer al gobierno de turno”.

“Siempre se ha dicho que el problema no es técnico sino político”, manifiesta Anselmo Xunic. Por su parte, Gomez expresa: “El espectro es muy limitado. No obstante, si la Superintendencia tuviera la voluntad, podría revisar los reglamentos técnicos, modificarlos, y permitir que haya más radios de las que existen hoy”. Pérez añade: “El espectro es un bien de todos los guatemaltecos y guatemaltecas. Por lo tanto, el Estado está llamado a administrar el espectro eficientemente, para asegurar que este sea democrático”. Para la AMARC, el Estado debe reordenar el espectro y asegurar el 33% del mismo sea utilizado en beneficio de la radiodifusión comunitaria, pues en una reunión con jefes de bloques del poder legislativo realizada años atrás, se ha demostrado, con datos técnicos, la existencia de muchas frecuencias disponibles en los departamentos. En algunos de ellos hay espacios para que se instalen 50 emisoras y solo se han otorgado 18 licencias, lo que significa que hay espacio suficiente en el dial.

OBSERVACOM indica que, en caso de que continúe la negativa de cumplimento, se puede enviar un escrito a la Corte explicando lo que ha pasado, para que esta tome las medidas que correspondan. Las radios comunitarias esperan que el nuevo gobierno se comprometa con él cumplimiento. “Esperamos que (el nuevo gobierno) traiga la nueva primavera; que nos dé una legislación que pueda garantizar un sistema mediático diverso y plural, donde quepamos todas las radios que hacemos de Guatemala un país grande”, resalta Pérez. Gómez finaliza: “En el día mundial de la radio, por mucha más radio. Sin radios comunitarias e indígenas no hay democracia, ni libertad de expresión”.