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Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familias

Los derechos humanos se determinan a través de los pactos y convenciones de las Naciones Unidas. Los exámenes estatales regulares monitorean cómo se están implementando los derechos consagrados en estos tratados. La revisión que hace cada nación ofrece la oportunidad de instruir a los ciudadanos y exigir el cumplimiento de los derechos consagrados en los tratados ratificados por sus gobiernos. La participación de los Pueblos Indígenas es esencial para buscar justicia a través del proceso de revisión. En esta serie pretendemos analizar los tratados principales.

La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares (CRMW por sus siglas en inglés) es un acuerdo diplomático global para garantizar la dignidad y la igualdad en una era de globalización. La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 45/158 sin votación el 18 de diciembre de 1990. El Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias es el mecanismo para monitorear y medir a los organismos nacionales y actores responsables de la implementación de los artículos CRMW.

El Convenio establece normas mínimas para los trabajadores migrantes y los miembros de sus familias, con objeto de eliminar la explotación de los trabajadores en el proceso de migración. El ciclo de presentación de informes es un proceso importante para asegurar el cumplimiento de los derechos en relación a las obligaciones internacionales en virtud de los convenios fundamentales de derechos humanos. El ciclo crea una oportunidad única para evaluar el estado de la protección de los derechos humanos dentro de la propia jurisdicción y para crear un plan nacional para la formulación efectiva de políticas y la implementación de los derechos reconocidos en la Convención.

La Convención define los diferentes grupos de trabajadores migrantes en categorías específicas: fronterizas, estacionales, autónomas, marítimas e itinerantes, y consta de nueve partes: alcance y definiciones; no discriminación con respecto a los derechos; derechos humanos de todos los migrantes; otros derechos de los migrantes documentados o en situación regular; disposiciones aplicables a determinadas categorías de migrantes; promoción de condiciones equitativas, humanas y lícitas en relación con la migración internacional; aplicación del convenio; provisiones generales; y  disposiciones finales.

Informes de los países

Un comité de 14 miembros es el principal mecanismo para vigilar y medir la capacidad de los Estados para aplicar los artículos de la Convención. El CMW revisa los informes del Estado e interactúa con las delegaciones gubernamentales para hacer valer los derechos en la Convención. Es esencial para la interacción a nivel internacional de los derechos humanos, la capacidad de los defensores y activistas de aportar información durante el proceso de presentación de informes, para garantizar la eficacia de la Convención.

El informe inicial se espera un año después de que un país ratifique la Convención. Los informes periódicos se presentan cada cinco años y siempre que lo solicite la CMW. Estos informes aclaran la situación actual y el compromiso de cumplir con la convención y deben cumplir los artículos de CRMW, así como hacerlo constar en sus marcos constitucionales y legales. El Comité alienta a los gobiernos a que utilicen la Convención como guía en la formulación de políticas administrativas y prácticas legislativas. Hay una Lista de Cuestiones Importantes para Informar (LOIPR) que ayuda a guiar todo el ciclo, y las Observaciones Finales para garantizar los resultados antes del comienzo de la próxima revisión. El proceso de información se centra en un coloquio donde se escuchan las voces de los trabajadores migrantes y sus familias.

El CMW fue modificado en abril de 2011. Ahora el Comité elabora primero una lista de cuestiones, al que sigue un informe estatal con las respuestas. La sociedad civil deberá iniciar un ciclo de comunicación con las comunidades que comparten sus visiones sobre las libertades fundamentales relacionadas con la migración y saber sus derechos. A partir de estas conversaciones fundamentales, los grupos pueden coordinarse para generar presión sobre los Estados a lo largo de las cinco fases del ciclo de presentación de informes. El movimiento ciudadano puede determinar el rumbo de los diálogos, escogiendo los asuntos a tratar. Hay dos sesiones plenarias cada año. La primera tiene lugar durante dos semanas en abril y la segunda durante una semana y media a fines de agosto y principios de septiembre. En cada sesión plenaria, el Comité examina los informes iniciales y periódicos. También adoptará la LOIPR para otros Estados que se presentarán el próximo año para su revisión. Al igual que con todos los órganos creados en virtud de tratados, las reuniones del Comité tienen lugar en Ginebra, principalmente en el Palais Wilson.

Existe una variedad de maneras para que las personas sean escuchadas en las sesiones plenarias, y es importante involucrarse lo más pronto posible en el proceso, hasta 18 meses antes de la revisión Estatal. Las ONG deben presentar la información de las conversaciones a nivel de comunidad y nivel nacional para plantear las prioridades de las personas como asuntos centrales y deben ser persistentes en cada fase del proceso. Es vital que las ONG participen con el Comité inmediatamente antes de la fase de reflexión, a través de las reuniones informales y de la sesión informativa en el tiempo de almuerzo durante las sesiones plenarias. También es crucial estar disponible para cualquier discusión sobre la redacción de las recomendaciones de las Observaciones finales. La Plataforma Internacional de ONG para la Convención sobre los Trabajadores Migrantes es un socio importante en la aplicación de la Convención.

El proceso de los órganos creados en virtud de los tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas sigue un modelo similar al de las cinco fases de cada revisión estatal: preparación, interacción, examen, adopción e implementación. La primera y la última fase se centran más en la comunidad y en el país, donde los derechos humanos son los asuntos más importantes. Las tres fases medias se centran en el proceso del Comité y los individuos y comunidades directamente afectados.

Preparación: Educación y Explicación

La fase de preparación se centra principalmente alrededor de la propia comunidad para comprender el instrumento y la institución de derechos humanos de las Naciones Unidas. La sociedad civil debe educar a la gente en torno a los derechos consagrados en la Convención y explicar lo que los mecanismos de derechos humanos de la ONU pueden y no pueden hacer para que se materialicen estos derechos. El núcleo de la acción en la fase de preparación es examinar el historial de derechos humanos del gobierno bajo revisión, responsabilizar al Estado y avanzar hacia una campaña que pueda aprovechar la ONU para cambiar las condiciones diarias de los derechos humanos. Es una oportunidad para influir en las políticas y prácticas del Estado para impactar positivamente en la vida cotidiana de los Pueblos Indígenas y promover la dignidad, igualdad y justicia. El resultado más importante de la fase de preparación es la creación de un informe alternativo que complementa el informe del Estado y el LOIPR. Es recomendable coordinar la fase de preparación al menos 12-18 meses antes de la evaluación del Estado.

Interacción y consideración

La fase de interacción consiste en la participación con el CMW para asegurar que los asuntos, las preguntas y las recomendaciones específicas de las conversaciones de la gente sean entendidas y sean consideradas en la evaluación del Estado. Prepara a los 14 miembros del Comité, especialmente al Portavoz del País, para que sea capaz de leer mediante un discurso de gobierno y plantear preguntas específicas que recojan los principales desafíos respecto de las prácticas actuales de los senadores y políticos. Lo esencial de esta fase es la iniciación y la construcción de relaciones con los expertos del Comité. El propósito de la sociedad civil es proporcionar documentos simplificados para cada artículo y la LOIPR en una o dos páginas. Los documentos se compartirán con los miembros del Comité para facilitar un diálogo más constructivo. Es esencial tratar de comprometerse con el Estado para colaborar en la búsqueda de soluciones. Las recomendaciones deben orientarse hacia las políticas nacionales de un país y la transformación del modelo político actual para llevar a cabo los artículos de la Convención.

Lo mejor es comenzar la campaña con 15-18 meses de antelación. Las ONGs  pueden ayudar al Portavoz del País a asegurar que las preguntas y recomendaciones figuren en un lugar destacado en las Observaciones Finales. La interacción permite a la sociedad civil entablar su compromiso para la sesión plenaria un año antes de la evaluación del Estado. La sociedad civil proporciona a los miembros del Comité información sobre las personas directamente afectadas hasta la fecha de comienzo de la evaluación. La fase de interacción se intensifica un mes antes de la sesión plenaria con la presentación de un ¨informe sombra¨. También es importante comenzar a distribuir un resumen de la información recopilada con los expertos del Comité durante esta fase.

La fase de consideración es donde las interacciones que se dieron anteriormente entre la sociedad civil, dan lugar a un Comité, que habla en nombre de un movimiento nacional de los derechos humanos. La coordinación de la sociedad civil debería dar lugar a recomendaciones nacionales que proporcionen una hoja de ruta para que se materialicen los derechos de los trabajadores migrantes y los miembros de sus familias. Las ONG deben presentar sus informes alternativos a la CMW y a la Secretaría tres semanas antes de la sesión plenaria.

Adopción: Movilización y Conexión

La fase de adopción es donde se emiten recomendaciones al Estado basadas en las respuestas de la LOIPR, los -informes sombra- de las ONGs, las reuniones informativas de la sociedad civil y el diálogo interactivo en la revisión de seis horas del Estado. En esta fase, la CMW publica sus Observaciones Finales, que proporcionan un modelo de abordaje de  la protección de los derechos humanos de los migrantes. También se hace mención sobre maneras de dimensionar su difusión, para que pueda haber un coloquio nacional sobre los resultados de la CMW, que genere dialogo en las agencias y departamentos gubernamentales hasta llegar a las comunidades de base, en todo el país. Es vital asegurar que las comunidades reciban los resultados de la campaña. Los grupos de trabajo temáticos y la coalición nacional deben mantener su movilización y crear nuevas conexiones para realizar las recomendaciones de las Observaciones Finales.

Implementación: Dedicación y Realización

La fase final de aplicación requiere una vigilancia especial sobre el cumplimiento de los derechos y libertades fundamentales que se mencionan en la observación final anunciada en la adopción. Las Observaciones Finales crean un plan que resalta las principales preocupaciones para construir una mejor política y también indica la fecha límite para el informe nacional, permitiendo a todos los defensores crear un plan plurianual para que se cumplan los derechos humanos en sus lugares.

Joshua Cooper es profesor de la Universidad de Hawai'i, West Oahu, Kapolei y director del Instituto Hawaii para los Derechos Humanos.

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