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Declaración del Caucus Africano ante la Asamblea General de la ONU

A continuación, extractos de entrevistas de Radio de Derechos Indígenas realizadas con líderes indígenas sobre sus reflexiones sobre los logros y desafíos de la Declaración.
 

Agnes Leina (Maasai), Directora Ejecutiva de Illaramatak Community Concerns, Kenia
 

La adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en 2007 fue, de hecho, un momento decisivo en la historia del avance de los derechos de estos Pueblos. Para África, proporcionó una base sólida y un nuevo impulso a los Pueblos Aborígenes del continente para hacer valer sus derechos, abrió nuevos espacios políticos y tuvo impactos de largo alcance, a nivel nacional en algunos de nuestros países.

En los últimos 10 años, la Declaración ha facilitado, sin duda, nuevas fronteras de participación y diálogo entre los Pueblos Indígenas y los gobiernos nacionales sobre las políticas y programas de y para estos Pueblos, incluyendo la formulación de ciertas Acciones Afirmativas en favor de los mismos. La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, el órgano regional de derechos humanos del continente, también ha adoptado un marco político que está en consonancia con la Declaración y sigue teniendo un grupo de trabajo consultivo sobre la aplicación. Aunque se aprecia que varios gobiernos africanos han adoptado medidas positivas para aplicar la Declaración a nivel nacional, entre ellos Namibia, Kenia, la República Democrática del Congo, la República del Congo, el Chad, Burundi, la República Centroafricana y el Níger; muchos otros gobiernos africanos aún no han reconocido los derechos de los Pueblos Indígenas en sus respectivos países del continente ni han integrado la Declaración como base para la planificación del desarrollo nacional.

El desafío, por lo tanto, es asegurar que los gobiernos africanos desarrollen marcos elaborados e inclusivos para la implementación de los principios básicos incorporados en la Declaración, como el Consentimiento Libre, Previo e Informado, el reconocimiento de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas y el derecho a las tierras y territorios, y asegurar que éstas se integren en las leyes y prácticas nacionales. Nosotros observamos con atención los acontecimientos en la República del Congo relativos a su legislación nacional sobre los derechos de los Pueblos  Aborígenes; la Constitución de Kenia de 2010 que reconoce la marginación histórica de las comunidades indígenas y prevé la protección de sus derechos; la respuesta del Gobierno de Namibia al informe del Relator Especial de la ONU; y las decisiones del Examen Periódico Universal en relación con la República Democrática del Congo.

 

El Comité Africano exhorta a los gobiernos africanos a que consideren la posibilidad de establecer un grupo de trabajo en la Unión Africana para realizar un seguimiento de los progresos realizados en la aplicación y promoción de la Declaración en África; inclusión de los Pueblos  Indígenas en la visión de desarrollo regional de la Agenda 2063 de la Unión Africana; la elaboración de planes de acción nacionales sobre la aplicación de la Declaración a nivel nacional, incluyendo las aspiraciones del Documento Final de la Conferencia Mundial de los Pueblos  Indígenas; la adopción por el Banco Africano de Desarrollo de salvaguardias basadas en la Declaración; la adopción de una política de la UNESCO sobre los Pueblos  Indígenas de conformidad con la Declaración y vinculante para los tratados de la UNESCO, incluida la Convención del Patrimonio Mundial; y recomendación especial a los Estados africanos con reservas con el término "indígenas" para hacer de la implementación de la Declaración una prioridad.

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